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Apartir del 1 de mayo entra en vigor la nueva reforma en el código penal (art.384) en la que se sancionaran a los conductores sin carnet con pena de prisión de 3 a 6 meses o con una multa de 12 a 24 meses de trabajos en beneficio de la comunidad.
Hasta el momento los extranjeros que conducían sin carnet se expondrían a pagar una multa de entre 300 y 600 euros, pero con la nueva reforma esto pasara a ser un delito, lo cual dificultara la renovación de papeles para quienes tenga residencia temporal , debido a que la ley de Extranjería prohíbe la renovación de residencia y/o trabajo si se tienen antecedentes penales en España
Según Consuelo Rumí secretaria del estado de Inmigración y Emigración, a los extranjeros que sean sancionados conduciendo sin carnet se le presentaran dos opciones en el momento, de la infractor. Abandonar el país o quedarse en situación Irregular. y se les expulsara de manera inmediata si la sanción conlleva a mas de un año de cárcel.
Cabe recordar que los extranjeros pueden circular con la licencia de conducir de su país y que tendrán que renovar pasado seis meses de residir en España, en el caso de los países con acuerdos comunitarios podrán canjear dicha licencia al carnet vigente español.
Para aquellos extranjeros que sean sancionados con dicha licencia temporal solo habrá una multa
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